En un fallo sin antecedentes, la corte de distrito de La Haya ordena a Royal Dutch Shell reducir sus emisiones en cumplimiento con el Acuerdo de París. El grupo anunció que apelará el fallo.
Shell deberá reducir sus emisiones absolutas en un 45% respecto de los niveles de 2019. Así lo sentenció la corte de distrito de La Haya, ciudad en donde se encuentra la sede corporativa de la petrolera anglo-holandesa. Shell anunció que apelará el fallo, el cual podría sentar un precedente en demandas similares.
La corte de distrito de La Haya entiende que los compromisos ambientales asumidos por Royal Dutch Shell (RDS) resultan insuficientes en función de los consensos generados y las metas establecidas mediante el Acuerdo de París. Shell estableció como objetivo reducir la intensidad de carbono en sus productos en un 20% para el 2030 y llegar a cero emisiones en 2050.
El fallo contiene tres puntos clave:
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Ordena a Royal Dutch Shell, “tanto directamente como a través de las sociedades y personas jurídicas que habitualmente incluye en sus cuentas anuales consolidadas y con las que forma conjuntamente el grupo Shell”, a reducir “las emisiones de CO2 de las actividades del grupo Shell en un 45% neto a fines de 2030 en relación con 2019 a través de la política corporativa del grupo”.
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RDS puede elegir la forma en que cumplirá con el objetivo establecido por la corte. “En este caso, el tribunal no formula un estándar legalmente vinculante a la hora de elegir una vía para la reducción”, dice el fallo.
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La corte toma como referencias principales el objetivo de temperatura global contenido en el artículo 2 del Acuerdo de París y los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (PRNU).
Los demandantes afirmaron que la generación de emisiones en las operaciones y productos energéticos vendidos por Royal Dutch Shell “constituye un acto ilícito”. “RDS debe reducir este volumen de emisiones, tanto directamente como a través de las sociedades y personas jurídicas que habitualmente incluye en sus cuentas anuales consolidadas y con las que forma conjuntamente el grupo Shell”, señala el fallo sobre la demanda formulada contra la compañía.
El grupo Shell respondió en un comunicado que “estamos invirtiendo miles de millones de dólares en energía baja en carbono, incluida la carga de vehículos eléctricos, hidrógeno, energías renovables y biocombustibles. Queremos aumentar la demanda de estos productos y ampliar aún más rápidamente nuestros nuevos negocios energéticos”. “Continuaremos concentrándonos en estos esfuerzos y esperamos apelar la decepcionante decisión judicial de hoy”, afirmó el grupo.
Emisiones
RDS informó en 2018 que el 85% de las emisiones del grupo eran emisiones de Alcance 3. Las emisiones de Alcance 3 (definidas en el Protocolo de Gases de Efecto Invernadero) son “las emisiones indirectas resultantes de las actividades de la organización, pero que se producen a partir de fuentes de gases de efecto invernadero que son propiedad o están controladas por terceros, como otras organizaciones o consumidores, incluidas las emisiones derivadas del uso de gas y petróleo crudo comprados por terceros”. Esto explica porque el foco de la compañía está puesto en reducir la intensidad de carbono en los productos que comercializa.
Sin embargo, los objetivos basados en la intensidad miden la cantidad de emisiones de gases de efecto invernadero por unidad de energía producida. Eso significa que las emisiones absolutas pueden aumentar con el aumento de la producción, incluso si la métrica de intensidad disminuye en las operaciones de producción, refinamiento y comercialización. El fallo ordena a RDS reducir sus emisiones absolutas.
Para acatarlo, RDS no tendría otra opción más que acelerar su proceso de desinversión en activos tanto en Holanda como en el extranjero. El presidente de México anunció el martes que la petrolera estatal Pemex adquirió la parte que Shell tenía en la refinería Deer Park en Texas. Activos como este forman parte de las cuentas anuales consolidadas del grupo.
Los objetivos de reducción absoluta de las emisiones fueron cuestionados por Ben van Beurden, CEO de Shell, en la última reunión anual del grupo. «Reducir las emisiones absolutas en este momento es principalmente posible reduciendo nuestro negocio», advirtió van Beurden.
Razonamiento y consecuencias jurídicas
El fallo puede sentar un precedente importante en materia de responsabilidad legal de las empresas ante el cambio climático. Compañías como Shell toman como referencia los reportes del Panel Intergubernamental en Cambio Climático de la ONU y los objetivos establecidos en el Acuerdo de París a la hora de formular sus planes, pero no por eso están jurídicamente obligadas por el acuerdo, como sí ocurre en el caso de los Estados firmantes.
No obstante, la corte de distrito entiende que las empresas tienen “una responsabilidad individual”, independientemente de la capacidad y/o voluntad de los Estados de cumplir con sus propias obligaciones en materia de derechos humanos. “Puede deducirse de los PRNU y otros instrumentos de derecho indicativo que está universalmente aceptado que las empresas deben respetar los derechos humanos”, señala la corte.
En el fallo, la corte interpreta que los efectos del cambio climático violan los derechos humanos, especialmente el derecho a la vida. Los derechos humanos pueden jugar un papel en la relación entre los demandantes y RDS. “Por lo tanto, el tribunal tendrá en cuenta los derechos humanos y los valores que encarnan en su interpretación del estándar de cuidado no escrito”, justifica la corte en su razonamiento.
Al interpretar el estándar de cuidado no escrito, la corte incluyó “el consenso de que para limitar el calentamiento global a 1.5 °C, se deben elegir vías de reducción que reduzcan las emisiones de CO2 en un 45% neto en 2030, en relación con los niveles de 2010, y en un 100% neto en 2050”. Dicho consenso está establecido como meta en el artículo 2 del Acuerdo de París. La corte concuerda con los demandantes en que el objetivo de reducción con 2019 como año base tiene un menor alcance pero se corresponde suficientemente con el consenso internacional.
Existen unas 1.800 demandas relacionadas con el cambio climático en los tribunales de todo el mundo según la base de datos climatecasechart.com. Compañías de Europa y Estados Unidos siguen con atención la evolución de esta sentencia. Muchas tienen planes similares al de Shell.
Fuente: econojournal.com.ar